Edificio de caracter Patrimonial
Amparado a la Ley de Vivienda Promovida (Ley 18. 795 de Vivienda de Interés
Social )con significativos beneficios fiscales
Exoneración del Impuesto a las Transacciones Patrimoniales (ITP 2% sobre el
valor catastral) en la primera venta.
Exoneración del Impuesto al Patrimonio durante los 10 primeros años.
Referencia Interna : Tera-2921